¿Realmente la regulación económica es humanista? Es la interrogante que muchos de nosotros nos hacemos. Es de suma importancia y sobre todo necesario echar un vistazo a los instrumentos en materia de economía que el derecho regula, para poder emitir un juicio de valor respecto a la cuestión que se plantea.
Es primordial mencionar, que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la principal herramienta que debemos observar, pues el fundamento del derecho económico se encuentra en su artículo 25, al estipular que ‘’Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, que fortalezca la Soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante la competitividad, el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución. ‘’
Como podemos apreciar, nuestra Carta Magna sí regula la materia económica, no sólo como derecho, sino como garantía. Entonces, de dicho instrumento concluimos que el centro de la actividad estatal se centra en las personas y no en las instituciones; es por eso que se valora la justa distribución del ingreso y la riqueza para el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, lo cual está estrechamente relacionado con la dignidad humana y la visión humanista del derecho económico.
Ahora bien, citando a la Doctora Jessica Romero, nos dice que ‘’ El derecho económico es humanista y un instrumento para el cambio social, cuando se regula en favor de las personas que integran la sociedad y de los sectores sociales. En este sentido, los principios básicos que se deben atender desde el enfoque humanista son:
- El Estado como titular de la rectoría económica debe garantizar del derecho al desarrollo.
- La obligación del Estado de prevenir o reducir las tensiones sociales del desarrollo, impulsando el fomento del crecimiento económico y el empleo.
- La obligación del Estado a través de todas sus autoridades, de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, entre ellos el del desarrollo que traerá como consecuencia el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de las personas, grupos y clases sociales.’’
Respecto a lo que la Doctora Romero aporta, podemos deducir tres puntos:
- El Estado es garante del derecho al desarrollo.
- El Estado es impulsor del crecimiento económico y el empleo.
- El Estado a través de las autoridades, traerá como consecuencia un pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de las personas, grupos y clases sociales.
Desde luego que el Estado es el proveedor de las herramientas necesarias para que las personas puedan incorporarse en la economía, pero también debe ser vigilante de que no se menoscaben los derechos de quienes estén insertos en la actividad económica, pues debe valorarse el recurso humano por encima de los problemas económicos.
Entonces, ¿Realmente la regulación económica es humanista? Yo diría que sí, pues la misma Constitución estipula que el Estado buscará la maximización de necesidades fundamentales de las personas, de forma preventiva y garante de los derechos humanos. Considero que las personas no deben conformarse con lo que el gobierno les otorgue, sino que para posicionarse donde desean, lo lograrán solo en la medida en que se hayan esforzado y en donde el Estado no sea un obstáculo al acceso de bienes y satisfactores. . Asimismo las empresas privadas, deben velar por los derechos de los trabajadores y otorgar estímulos que incentiven el trabajo humano.